La ley policéntrica entre los celtas
En Los celtas: una aproximación, trato brevemente el sistema jurídico de los celtas (apartado VII):
Legalmente, todos los hombres libres tenían un precio de honor; es decir, una valoración de su dignididad (prestigio o peso específico en la comunidad), directamente relacionado con su riqueza material, que servía para determinar la compensación que recibirían en caso de agravio. Aunque en época de la conquista romana estaban en proceso de constituirlo, los celtas desconocieron el Estado en sentido estricto. No había administración ni mecanismos públicos de cumplimiento de la ley, y la obtención de compensaciones por agravio era responsabilidad de la familia a la que pertenecían las partes enfrentadas.
Apesar de ello, los celtas [1] fueron capaces de garantizar cierta paz social a través de diversos mecanismos. En primer lugar, existía una clase de magistrados (llamados brithem en Irlanda) encargada de recitar la ley tradicional y de arbitrar en las disputas familiares. Como los linajes debían cargar en su conjunto con los costes de defender a sus agresores o vengar a sus víctimas, eran especialmente proclives a aceptar el arbitraje de los brithem, de los druidas o de los reyes. Una vez solicitado voluntariamente el arbitraje, desobedecer la sentencia judicial implicaba ser excluido de los sacrificios y privado del honor y de la sociedad normal, como bien nos dice César. Así, la responsabilidad familiar, la propia venerabilidad de la ley (y de sus ponentes) y el ostracismo eran incentivos suficientes para garantizar la estabilidad institucional.
Para el contexto general donde surge este sistema jurídico, podéis leer el post entero en Societas Maris. Aunque no trato extensamente el tema (no era mi intención), implícitamente se sugieren algunos factores que podían alterar su funcionamiento: la presión demográfica y la conflictividad intertribal promovían los comportamientos violentos, como se aprecia en las fuentes irlandesas y clásicas; y las economías de escala en la provisión de defensa militar fueron acentuando el poder de la autoridad central en detrimento de las tribus (aunque este proceso no llegó a concluirse hasta después de la conquista romana, ya se aprecia en la Galia).
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[1]: Como otras sociedades tribales: los romanos y los griegos antes que ellos, los árabes hasta tiempos de Mahoma, etc. Por ejemplo, en las leyes de la Atenas clásica todavía se conservaban resquicios de la responsabilidad familiar sobre sus miembros.
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